Normativa Turística
Respecto a la normativa que ordena el turismo en la Comunidad de Madrid se encuentra dividida en 4 apartados, siendo:
- El primero sobre normas generales y organizativas que tratas temas de declaración de fiestas de interés turístico, promoción, concesión de ayudas y de premios de la comunidad de Madrid.
El desarrollo de las normas de los temas antes citados pueden ser consultados a través de este enlace.
- El segundo apartado está dedicado a las Agencias de viaje. En él se tratan temas acerca de la regulación de las actividades propias, y el reglamento de aquellas.
El desarrollo de las normas se puede consultar en este enlace.
- El tercer apartado aborda las normas de establecimientos de hostelería y restauración: su ordenación (localización, autorización, clasificación, etc.), la concesión de ayudas para su adecuación, modernización, entre otras y la tramitación de reclamaciones/denuncias de Turismo.
El desarrollo de las normas se puede consultar en este enlace.
- El cuarto y último apartado contiene las normas de profesiones turísticas: la concesión de ayudas para realizar prácticas de turismo en las Dirección General de Turismo y la regulación sobre la habilitación y actividad de guía de Turismo en la Comunidad de Madrid.
El desarrollo de las normas se puede consultar en este enlace.
LEY DE TURISMO DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Ley 1/1999, de 12 de marzo, de Ordenación del Turismo de la Comunidad de Madrid
El presente cuerpo legal, que deroga la Ley del 95, viene justificado por la necesidad de solventar disfunciones y lagunas que por su importante incidencia en la actividad económica sectorial venían siendo reclamadas a la Administración prácticamente desde su entrada en vigor y que incidían en aspectos fundamentales como la planificación, la ordenación de las infraestructuras que conforman la oferta turística básica, el reconocimiento de segmentos de actividad esenciales para el desarrollo turístico de la región, como el turismo rural, la incidencia en la actividad turística de las distintas administraciones y agentes implicados, los principios de la potestad sancionadora y la proporcionalidad en la disciplina turística, entre otros.
La presente Ley de Ordenación del Turismo se estructura en un Título Preliminar y cinco Títulos.
La información ampliada y detallada se puede consultar mediante el siguiente lin
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